Colaboraciones

Sobre la bandera dominicana.

“LA BANDERA NACIONAL”

Por DR. RAFAEL LEONIDAS PÉREZ Y PÉREZ, General de Brigada E.N., HISTORIADOR, VOCAL DEL INSTITUTO DUARTIANO.

La Bandera Nacional parte del Juramento Trinitario que el 16 de julio de 1838, hicieron Juan Pablo Duarte y Díez y sus compañeros cuando la conformación de la Sociedad Secreta “Trinitaria”. Al referirse a la implantación de la República Dominicana, establecieron que: “…tendrá su pabellón tricolor en cuartos encarnados y azules, atravesados por una cruz blanca”.
SIGNIFICADO DE LOS COLORES DE LA BANDERA NACIONAL
Según algunos investigadores que han tocado el tema, los colores de la bandera nacional poseen un significado particular. El intelectual Federico Henríquez y Carvajal da importante connotación a los mismos, expresando: “en el blanco de la cruz flota el espíritu de Dios; en el azul brilla el cielo de la patria; y en el rojo ondula la generosa sangre vertida por nuestros héroes civiles y militares.” El historiador Juan Daniel Balcácer, señala que “a los dominicanos se nos enseña que los colores de la bandera nacional poseen un significado particular. a) El rojo representa la sangre vertida por nuestros libertadores; b) El azul expresa que Dios protege la nación dominicana; y c) La cruz blanca es el símbolo de la lucha de nuestros libertadores para legarnos una patria libre.” El mismo historiador indica que “en ciertos textos se afirma, sin fundamentación histórica alguna, que la azul de nuestra enseña nacional representa “ideales de progreso y libertad”; y que el blanco simboliza “la paz y unión entre todos los dominicanos.”
Se sostiene que Duarte resaltó además de los colores, la forma que engalanaría la Bandera del futuro Estado.
Es obvio, como aseguran nuestros historiadores, que nuestra bandera fue ideada y diseñada por el mismo Juan Pablo Duarte.
Las primeras banderas Dominicanas fueron elaboradas por excelsas mujeres patriotas: Concepción Bona, María Trinidad Sánchez, Isabel Sosa, María de Jesús Pina, Las hermanas Villa, Ana Apolinaria Pérez Roex y Ana Valverde.

 Se asegura que Emile Parmentier fue a buscar donde el guarda-almacén del Estado, Gabriel José de Luna, la Bandera Nacional que su hija María del Carmen Luna Bernal, prometida y luego esposa del trinitario José María Serra, había bordado pero, el historiador Vetilio Alfau Durán, observa en su obra “Mujeres de la Independencia”, la ausencia de este dato en los “Apuntes para la historia de los trinitarios, fundadores de la República Dominicana” del propio Serra.
 
Vetilio Alfau Durán en sus “Apuntes en torno al 27 de febrero de 1844”, afirma que Gabriel de Luna…, fue precipitadamente a su casa y volvió con un pabellón haitiano, al que no hubo tiempo de ponerle la cruz blanca, como se convino.”
Nuestro lábaro nacional ondeó por vez primera en el Baluarte de San Genaro, actual Puerta del Conde,  después que se produjera el disparo en esa memorable fecha 27 de febrero de 1844, del trabuco naranjero de Matías Ramón Mella, en la vecina Puerta de la Misericordia. En recordación de este enhestamiento, el pueblo dominicano conmemora como Día de la Bandera, el 27 de febrero de cada año. Sí, la misma fecha de la conmemoración de la Independencia Nacional.
El diseño, la concepción y confección de la bandera se debió a un proyecto. El 28 de febrero de 1844, fue izada en la plaza de armas de Baní (pueblo que en 1845 fue el primero del país en tener alumbrado público), en tanto que el 4 de marzo del mismo año de 1844, se enarboló en La Vega; el 6 de marzo en Santiago y otras comunidades.
La Constitución del 6 de noviembre de 1844, ó de San Cristóbal, cambió el color encarnado por rosado en el pabellón nacional.
En el 1848 en el escudo de armas de la República, figuran el azul y el rojo alternados.
Buenaventura Báez confundió la bandera y el escudo dominicanos en su carencia de fe en la “independencia pura y simple” (Vetilio Alfau Durán, “Apuntes en torno al 27 de febrero de 1844”).
En el 1854 se incorporaron a la enseña nacional, los colores azul y rojo divididos por la cruz blanca, siempre con el escudo de armas al centro, excepto la bandera mercante que no lleva dicho escudo.
Desde 1857 aproximadamente, los colores de nuestra Bandera Nacional figuraron alternados con la forma que revisten actualmente.
 
 En el 1908 constitucionalmente se estableció la alternabilidad de los colores azul y rojo en el pabellón nacional.
El Art.  30 de la Constitución de la República, trata lo relativo a nuestros símbolos patrios que son la Bandera Nacional, el Escudo Nacional y el Himno Nacional.
El Art. 31 de la misma Constitución describe la Bandera Nacional y entre otros conceptos expresa que se compone de los colores azul ultramar y rojo bermellón, en cuarteles alternados, colocados de tal modo que el azul quede hacia la parte superior del asta, separados  por una cruz blanca del ancho de la mitad de la altura de un cuartel y que  lleve en el centro el Escudo Nacional.
El Art. 36 de la Constitución de la República, trata sobre Reglamentación de los símbolos patrios, y expresa que: La ley reglamentará el uso de los símbolos patrios y las dimensiones de la Bandera Nacional y del Escudo Nacional.
ESTE SÍMBOLO PATRIO TIENE NORMAS PARA SU USO, A SABER:
1.      Se debe izar en edificios  y dependencias oficiales, nacionales, municipales y en las representaciones diplomáticas dominicanas en el extranjero.
2.      En los días de fechas patrias, todas las familias están en el deber de izar o tender frente a sus residencias la Bandera Nacional, desde las 08:00 a.m., hasta las 08:00 p.m.
3.      El lado frontal de la bandera Nacional es aquel en el que el cuarto azul figura al lado de la driza en el tope del asta, pudiéndolo apreciar el observador a su izquierda arriba.
4.      Cuando la Bandera Nacional aparezca con otras en número par, se colocará a la derecha, o sea, a la izquierda de quien observa; en tanto que si es en número impar, irá al centro.
5.      La Bandera Nacional estará siempre en un punto de mayor prominencia que las de instituciones (compañías, bancos, colegios, etc.). cuando se exhibe junto a la de otro país, ambas estarán al mismo nivel y serán de un mismo tamaño.
6.      La bandera no debe usarse como adorno en una mesa o plataforma, y no puede tocar el suelo.
7.      En los días de duelo nacional o municipal, la bandera ondeará a media asta. Al enarbolarla se llevará al tope y luego se colocará a media asta. Cuando se deba bajar, primero se llevará al tope y luego se arría o baja.
8.      De acuerdo con el Art. 82 del Reglamento No. 983 de fecha 13 de julio de 1955, cuando  la bandera deba cubrir un féretro, en razón de los méritos de la persona fallecida, se colocará a lo largo, y el cuartel azul superior caerá sobre el hombro izquierdo del difunto.
9.      Las banderas nacionales de uso oficial serán de tres tipos, atendiendo a sus dimensiones:
a)     Pequeñas: Seis pies de largo por cuatro de ancho.
b)     Medianas: Diez pies de largo por seis de ancho.
c)     Mayores: Dos metros y medio de largo por un metro y cuarto de ancho.
Estas últimas se usan en las embajadas, legaciones y consulados de la República en el extranjero.
Posición correcta: el azul superior siempre deberá quedar a la derecha, o sea, a la izquierda del observador.

COMO GUARDAR CORRECTAMENTE LA BANDERA:
1.      Doble en cuatro a lo largo de la parte de mayor longitud.
2.      Doble el extremo correspondiente a la parte opuesta por donde se coloca la driza, de forma tal que quede conformado un triángulo.
3.      Continúe doblando en forma de triángulo por la parte donde se coloca la driza e introduzca dicho extremo por la abertura del último doblez.
HAY SANCIONES EN CASO DE IRRESPETO O ULTRAJE CONTRA LOS SÍMBOLOS PATRIOS:
En el Art. 8 de la Ley No. 360 de 1943, se castiga con pena de seis días a un mes de prisión a quien irrespete los símbolos patrios.
A los que ultrajen los símbolos, la pena es de tres meses a un año de prisión y multa. Si el autor de la infracción es extranjero, se le expulsará del territorio nacional.
Los Jueces de Paz son los Magistrados competentes para aplicar estas sanciones.
Es importante destacar que en el mes de octubre del 1962, se promulgó la Ley No. 6085, dada por el Consejo de Estado, encabezado por el Dr. Rafael F. Bonnelly, y es cuando se instituye el Día de la Bandera como el 27 de Febrero, aún vigente. El 22 de marzo de 1967, el Congreso Nacional dictó la Ley No. 108, donde se ratifica “el 27 de Febrero, Aniversario de la Independencia y Día de la Bandera”.
 
Hay errores con relación a que en el año de 1934, el decreto No. 869 declara el día de la Bandera de la Raza, el 3 de agosto de cada año; publicándose en la G.O. No. 4641 de ese mismo año. En el 1938, la Ley No. 15, establece el 24 de octubre, Día de la Bandera, lo que se publica en la G.O. No. 5231 de ese año, complaciendo así la megalomanía del Dictador Rafael Leonidas Trujillo, quien cumplía año ese día. Para el 1961, la Ley No. 5763 suprimió la fecha como Día de la Bandera.
Ramón Emilio Jiménez (letra) y Juan Francisco García (música) escribieron un Himno a la Bandera, muy conocido.
 
Con el título “Arriba el Pabellón”, el reconocido poeta Gastón Fernando Deligne, escribió ese famoso poema a la Bandera.
DECÁLOGO DE LA BANDERA NACIONAL
1.      La Bandera Nacional es el símbolo de la soberanía, pendón de guerra y emblema de paz.
2.      La Bandera de la Patria que a todos ampara, debe ser amada y defendida por todos.
3.      Renunciar al Pabellón Nacional es abdicar a los derechos ciudadanos y los deberes de patriota.
4.      La Bandera Nacional representa en el extranjero los atributos de autonomía e independencia.
5.      La bandera izada en picos y torres ondea con alegría de la libertad.
6.      La bandera que desciende es como el águila que cae.
7.      Todos los pueblos que aspiran a conservar un hogar honesto, pugnan por tener una Patria suya y una bandera propia.
8.      Ningún lazo es más fuerte para conservar la unidad social y la solidaridad patriótica que el amor a la bandera.
9.      Cada hombre tiene el orgullo de venerar el nombre de sus progenitores, querer al girón de la tierra que lo vio nacer y amar el estandarte que es su imagen.
10. Respetando la bandera de otros pueblos, tenemos el derecho de hacer respetar nuestra Bandera Nacional.
Con la Bandera Nacional quiso ser fusilado el Patricio Francisco del Rosario Sánchez, en San Juan.
Con la Bandera Nacional la Patria gritó fuerte en Capotillo.
Con la Bandera Nacional quiso envolvieran su cadáver el también Patricio Matías Ramón Mella.
 
La Bandera Nacional es el músculo de nuestros corazones.
 Bibliografía:
1.      Constitución Política de la República Dominicana, proclamada el 26 de enero. Publicada en la Gaceta Oficial No. 10561, del 26 de enero de 2010.
2. Gómez, Wilson, “Duarte y la Simbología Patriótica de la República Dominicana”, Edición del Instituto Duartiano, Santo Domingo, D.N.
3.      ______________, “Duarte y los Símbolos Patrios”, Edición del Instituto Duartiano, Santo Domingo, D.N., 2008.
4.      ______________, “Simbología Patriótica de la República Dominicana”, Editorial Claridad, Santo Domingo, D.N., 2001.
5.      Matos G., Ramiro; Soto J., José Miguel, “Efemérides Militares de la Independencia”, Librería La Trinitaria, Segunda Edición, Santo Domingo, D.N., 2001.
6.      Pichardo, Daniel Nicanor, “La Bandera Nacional Dominicana”, Segunda Edición, Editora Tele-3, Santo Domingo, D.N., 1998.

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